Cambios fiscales para este 2016.
En cuestión fiscal, este nuevo año, para no desentonar, llega con cambios. Por fortuna estas modificaciones no traen consigo aumento en los impuestos, ni tampoco nuevas imposiciones.
Los cambios fueron publicados por el diario oficial de la federación a finales del año pasado. Para poder ser publicados debieron ser primero aprobados por el pleno de la cámara de diputados.
Algunos de los cambios más significativos en cuestión fiscal.
- Un nuevo CFDI sustituirá al ya existente. Pues es necesario que se corrijan los errores que hay en el sistema actual. Sin mencionar, que habrá más información sobre pagos de separación.
- Para este año se espera que empiecen a darse las auditorías electrónicas a todos los contribuyentes para ver si están cumpliendo con sus obligaciones fiscales. Esta auditoría se hará tanto a personas físicas como morales, con el objetivo de saber si han declarado sus ingresos y no están evadiendo impuestos.
- Para que las auditorías sean buenas, las PACs validarán con mayor precisión los datos que contienen los CFDI.
- Con respecto a las inversiones, en los automóviles y a diferencia de la cláusula anterior en donde los automóviles era deducibles por un monto de 130,000 pesos. Para este año nos informan que serán deducibles por un monto de 175,000 pesos.
- Con respecto a los RIF, también hay modificaciones importantes. Como el hecho de que ya no se pedirán comprobantes fiscales por montos menores a 250 pesos. Eso sí, tendrán que realizar un comprobante de manera global en donde se confirmen las operaciones realizadas.
- Siguiendo con el RIF, otro de los cambios es que se aborda el tema de las erogaciones a comprar o inversiones mayores a 5 mil pesos. Estas ya podrán pagarse en efectivo. Se tendrá que pagar a través de cheque nominativo con la condición de que ese documento esté a beneficio del contribuyente, se procede de igual manera con la transferencia electrónica.
La única situación en la que se podrá realizar el pago en efectivo de las erogaciones por montos superiores a los 5 mil pesos, será cuando las actividades realizadas se hayan hecho en zonas rurales, siempre y cuando en estos lugares no se cuente con estos servicios financieros. - El ISR también hace cambios, uno de ellos es con respecto a las personas físicas que perciben ingresos por arrendamiento. Estas podrán aprovechar el ISR, siempre y cuando sus ingresos no sean mayores de 2 millones de pesos.
Como vemos, los cambios y modificaciones en las leyes del ISR, la Ley de Ingresos, el Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea 2016, ya se están aplicando.
Quizá no todas afectan a los contribuyentes de manera directa, mientras otras se aplican a sus actividades fiscales. Como sea, es importante estar enterado de los cambios para saber sobre nuestros deberes, obligaciones y derechos.
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Gabriel Álvarez Diez
MBA3 ERP
Lidera MBA3 Software Solutions que es una Empresa Internacional especializada en la Investigación y Desarrollo de Aplicaciones para la Administración de las Empresas.